Quick start guide
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Reclamos legales, extracontractuales o contractuales y Reclamos relacionados
con la aplicabilidad de esta cláusula de arbitraje o con la validez de la totalidad
del Acuerdo, serán resueltos mediante un arbitraje vinculante, a elección suya
o nuestra. No obstante, un Reclamo no incluye ningún desafío a la validez y el
efecto de la Renuncia a Demanda Colectiva, tal como se estipula a continuación,
los cuales deben ser determinados por un tribunal. La parte que solicite el
arbitraje debe elegir uno de los siguientes tres administradores: la American
Arbitration Association o JAMS. Estos administradores no dependen de nosotros
y usted debe cumplir con sus normas y procedimientos para iniciar y llevar
adelante el arbitraje. Si usted inicia el arbitraje, también debe notificarnos por
escrito a la dirección establecida en la sección “Avisos y Contacto” que aparece
anteriormente. Si nosotros iniciamos el arbitraje, le notificaremos por escrito a
la dirección de facturación que sea actual por ese entonces y le enviaremos un
mensaje de texto o (si su cuenta ha sido cerrada) la última dirección donde lo
contactamos. Cualquier audiencia de arbitraje a la que asista tendrá lugar en una
sede seleccionada por el árbitro o el administrador al momento de presentación
del reclamo. Aceptamos no optar por someter a arbitraje un Reclamo individual
que presente contra nosotros en un tribunal de reclamos menores o el tribunal
equivalente de su estado, si lo hubiere; no obstante, si dicho Reclamo es
transferido a, o apelado en, otro tribunal, nos reservamos el derecho a optar
por el arbitraje. A menos que la ley pertinente estipule lo contrario, ninguna
de las partes tiene derecho a presentar un Reclamo ni otro tipo de demanda
legal conforme a los presentes Términos y Condiciones luego de más de dos (2)
años del inicio del fundamento de causa. Cada uno de nosotros acepta que el
Acuerdo afecta al comercio interestatal, por lo tanto se aplica la FAA (según se
define a continuación e independientemente de la disposición sobre elección de
jurisdicción de la Sección 21).
(d) Usted puede obtener copias de las normas actuales correspondientes a
los administradores de arbitraje mencionados anteriormente así como otros
materiales relacionados, incluyendo formularios e instrucciones para iniciar
arbitrajes, contactando a los administradores de la siguiente manera:
American Arbitration Association
1633 Broadway, 10th Floor
New York, New York 10019
www.adr.org
1-800-778-7879
(e) Este acuerdo de arbitraje estará regido por la Ley Federal de Arbitraje (“FAA”)
y será ejecutado en conformidad con los procedimientos y normas aplicables del
administrador vigentes a la fecha de presentación del arbitraje, a menos que
esta disposición no sea consecuente con dichos procedimientos y normas, en
cuyo caso prevalecerá este Acuerdo. Es posible que estos procedimientos y
normas limiten la presentación de pruebas disponibles para usted o nosotros. El
árbitro aplicará el derecho sustantivo correspondiente, conforme a la FAA y los
estatutos de limitaciones pertinentes y cumplirá con los reclamos de privilegio
reconocidos ante la ley. Se puede presentar un juicio con respecto a algún fallo de
arbitraje ante cualquier tribunal que tenga jurisdicción. Si lo solicita por escrito,
consideraremos cualquier solitud para adelantar o reembolsar cualquier cargo
de presentación de arbitraje, administración y audiencia que usted deba pagar
a fin de someter un Reclamo a arbitraje. En definitiva, el árbitro decidirá quién
se responsabilizará del pago de dichos cargos. En ningún caso se le requerirá
que nos reembolse por los cargos de presentación de arbitraje, administración o
audiencia por un monto superior a los costos judiciales que hubiesen existido si
JAMS
1920 Main Street, Suite 300
Irvine, CA 92614
www.jamsadr.com
1-800-352-5267
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