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Conformidad con la FCC
Este dispositivo cumple con la sección 15 de la normativa de la FCC.
El funcionamiento está sujeto a las dos condiciones siguientes.
(1) Este dispositivo no puede causar interferencia nociva.
(2) Este dispositivo debe aceptar cualquier interferencia que
reciba, incluida la que provoque un funcionamiento no
deseado.
Precaución: todo cambio o modificación no aprobada
expresamente por el fabricante podría anular la autoridad del
usuario de operar el equipo.
Nota: Este equipo fue probado y cumple con los límites para un
dispositivo digital clase B, conforme al artículo 15 de las reglas
de la FCC. Estos límites han sido diseñados para brindar una
protección razonable contra la interferencia dañina en una
instalación residencial. Este equipo genera, utiliza y puede irradiar
energía de radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza de acuerdo
con las instrucciones, podría causar interferencia dañina para las
comunicaciones radiales. Sin embargo, no existe garantía de que
la interferencia no se produzca en una instalación en particular.
Si este equipo ocasiona interferencia dañina en la recepción de
radio o televisión, lo cual puede determinarse encendiendo y
apagando el equipo, se recomienda al usuario que intente corregir
la interferencia tomando una o más de las siguientes medidas:
• Aumentar la distancia entre el equipo y el receptor.
• Conectar el equipo en una toma de un circuito diferente de
aquél al que está conectado el receptor.
• Consultar con el distribuidor o un técnico de radio/TV
experimentado para obtener ayuda.
ID de la FCC: ZNFAF300