Users Guide

mismas secciones como parte de un todo que es un trabajo basado en la Biblioteca, la distribución del todo debe ser bajo los términos de
esta Licencia, cuyos permisos para otros titulares de licencia se extienden al todo completo, así como a todas las partes
independientemente de quién las escribió. Por lo tanto, esta sección no tiene la intención de reclamar derechos ni impugnar sus derechos
sobre obras escritas totalmente por usted; más bien, la intención es ejecutar el derecho de controlar la distribución de obras derivadas o
colectivas basadas en la Biblioteca. Además, la simple adición de otra obra no basada en la Biblioteca con esta (o con una obra basada en
ella) en un volumen de un medio de almacenamiento o de distribución no incluye la otra obra bajo el ámbito de esta Licencia. 3. Puede optar
por aplicar los términos de la Licencia pública general GNU ordinaria en lugar de esta Licencia a una copia determinada de la Biblioteca. Para
esto, debe modicar todos los avisos para referirse a esta Licencia, de manera que hagan referencia a la Licencia pública general GNU
ordinaria, versión 2, en lugar de esta Licencia. (Si se ha publicado una versión más reciente que no es la versión 2 de la Licencia pública
general GNU ordinaria, puede especicar esa versión en su lugar si lo desea). No haga ningún otro cambio en estos avisos. Una vez que
este cambio se realiza en una determinada copia, es irreversible para esa copia, de modo que la Licencia pública general de GNU común se
aplica a todas las copias posteriores y las obras derivadas de hecho a partir de esa copia. Esta opción es útil cuando desee copiar parte del
código de la biblioteca en un programa que no es una biblioteca. 4. Usted puede copiar y distribuir la Biblioteca (o una parte o un derivado
de ella, conforme a la Sección 2) en formato ejecutable o de código objeto conforme a los términos de las Secciones 1 y 2 anteriores,
siempre que la acompañe con todo el código fuente correspondiente legible para la máquina, el cual debe distribuirse conforme a los
términos de las Secciones 1 y 2 anteriores en un medio normalmente utilizado para el intercambio de software. Si la distribución del código
objeto se realiza mediante la oferta de acceso para la copia desde un sitio designado, la oferta del acceso equivalente para copia del código
fuente desde el mismo sitio satisface el requisito para distribuir el código fuente, aun cuando otras personas no estén obligadas a copiar el
código fuente junto con el código objeto. 5. Un programa que no contiene ningún derivado de ninguna parte de la Biblioteca, pero está
designada para trabajar con la Biblioteca mediante la compilación o la vinculación con ella, se conoce como "trabajo que utiliza la Biblioteca".
Dicho trabajo, aislado, no es un trabajo derivado de la Biblioteca, por lo que no se encuentra dentro del alcance de esta Licencia. Sin
embargo, la vinculación de un "trabajo que utiliza la biblioteca" con la Biblioteca crea un archivo ejecutable que es un derivado de la
Biblioteca (porque contiene partes de la Biblioteca), en lugar de un "trabajo que utiliza la Biblioteca". El archivo ejecutable, por lo tanto, está
cubierto por esta Licencia. La Sección 6 establece los términos para la distribución de dichos ejecutables. Cuando un "trabajo que utiliza la
Biblioteca" utiliza material de un archivo de encabezado que es parte de la Biblioteca, el código objeto para el trabajo puede ser un trabajo
derivado de la Biblioteca aunque el código fuente no lo es. La veracidad de esto es especialmente signicativa si el trabajo se puede vincular
sin la Biblioteca, o si el trabajo en sí mismo es una biblioteca. El umbral para que esto sea verdadero no está precisamente denido por la ley.
Si ese archivo objeto solo utiliza parámetros numéricos, accesorios y distribuciones de estructuras de datos, así como macros pequeñas y
funciones en línea menores (diez líneas de longitud o menos), el uso del archivo objeto no estará restringido, sin importar si es legalmente un
trabajo derivado. (Los ejecutables que contengan este código objeto más las partes de la Biblioteca seguirán estando cubiertos conforme a
la Sección 6). De lo contrario, si el trabajo deriva de la Biblioteca, puede distribuir el código objeto para el trabajo bajo los términos de la
Sección 6. Cualquier archivo ejecutable que contenga ese trabajo también está cubierto por la Sección 6, ya sea si está o no directamente
vinculado con la Biblioteca misma. 6. Como una excepción a las secciones anteriores, es posible también compilar o vincular un "trabajo que
utiliza la Biblioteca" con la Biblioteca para producir un trabajo que contenga partes de la Biblioteca y distribuir dicho trabajo conforme a los
términos de su elección, siempre que los términos permitan la modicación del trabajo para el uso del propio cliente y la aplicación de
ingeniería inversa para la depuración de errores de dichas modicaciones. Debe proporcionar un aviso notorio con cada copia del Trabajo
que indique que se usa la Biblioteca en él y que la Biblioteca y su uso están cubiertos por esta Licencia. Debe proporcionar una copia de esta
Licencia. Si el trabajo durante la ejecución muestra avisos de copyright, usted debe incluir el aviso de copyright para la Biblioteca entre ellos,
así como una referencia que dirija al usuario a la copia de esta Licencia. Además, debe hacer una de las siguientes cosas: a) acompañar el
trabajo con el código fuente legible por la máquina completo y correspondiente para la Biblioteca, incluido cualquier cambio que se haya
usado en el trabajo (que se debe distribuir bajo las Secciones 1 y 2); y, si el trabajo es un archivo ejecutable vinculado a la Biblioteca, con el
"trabajo completo legible para la máquina que utiliza la Biblioteca", como código objeto o código fuente, de manera que el usuario pueda
modicar la Biblioteca y luego volver a vincular para producir un archivo ejecutable modicado que contenga la Biblioteca modicada. (Se
entiende que el usuario que modica los contenidos de los archivos de denición en la Biblioteca no podrá necesariamente recompilar la
aplicación para usar las deniciones modicadas). b) Acompañar el trabajo con una oferta escrita, válida por al menos tres años, para dar al
mismo usuario los materiales especicados en la Subsección 6a anterior por un cargo no superior al costo de la realización de esta
distribución. c) Si la distribución de la obra se realiza mediante la oferta de acceso a la copia desde un sitio designado, ofrezca un acceso
equivalente para copiar los materiales especicados anteriormente desde el mismo lugar. d) Verique que el usuario ya ha recibido una copia
de este material o que ya ha enviado a este usuario una copia. Para un archivo ejecutable, la forma requerida del "trabajo que utiliza la
Biblioteca" debe incluir cualquier dato y programa de utilidad necesario para reproducir el archivo ejecutable de este. No obstante, como una
excepción especial, el código fuente distribuido no debe incluir nada que sea normalmente distribuido (en forma de fuente o binaria) con los
componentes importantes (compilador, kernel, etc.) del sistema operativo en el que se ejecuta el archivo ejecutable, a menos que ese
componente en sí acompañe al archivo ejecutable. Puede ocurrir que este requisito contradiga las restricciones de la licencia de otras
bibliotecas de propiedad que normalmente no acompañan al sistema operativo. Esta contradicción implica que no puede usar ninguno de
ellos y la Biblioteca en conjunto en un archivo ejecutable que usted distribuya. 7. Puede instalar bibliotecas que estén basadas en la
Biblioteca, lado a lado en una única biblioteca junto con otras instalaciones de bibliotecas no cubiertas por esta Licencia y distribuir dicha
Licencias de terceros
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